Recientemente se acaba de publicar en el BOE el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
La aprobación de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, supuso un hito en la elaboración de políticas activas en materia de igualdad, a través de la específica previsión de elaboración de planes de igualdad encaminados a alcanzar la igualdad real entre mujeres y hombres, así como a combatir decididamente todas las manifestaciones de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo.
El artículo 64 de la citada Ley orgánica contempla la aprobación por el Gobierno, al inicio de cada legislatura, de un Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos, que incluya objetivos a alcanzar en materia de promoción de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo público, así como las estrategias o medidas a adoptar para su consecución.
En cumplimiento de esta previsión, el Consejo de Ministros ha ido adoptando los siguientes acuerdos:
- 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan de Igualdad (2011-2014) entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos.
- 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan (2015-2020).
- 7 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan (2020-2023).
- 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba este IV Plan (2025-2026).
El IV Plan hace especial énfasis en la brecha salarial, impulsando una auditoría de salarios, así como en la corresponsabilidad y medidas de conciliación.
El IV Plan incluye 20 objetivos (con 45 medidas a desarrollar distribuidas en 6 ejes).
- Eje 1: »Medidas instrumentales para la transformación organizacional»: Dirigido a promover un cambio estructural favorable a la igualdad entre mujeres y hombres, fomentando una cultura organizativa que incorpore la perspectiva de género en el funcionamiento de la AGE.
- Eje 2. »Sensibilización, Formación y Capacitación»: La sensibilización y formación en igualdad se convierte en una función indispensable en el desarrollo del Plan, como medio necesario para poder implementar medidas en pro de la igualdad, desde la toma de conciencia de la discriminación estructural que afecta a las mujeres, el conocimiento de las herramientas para analizar la realidad desde la perspectiva de género y el desarrollo de acciones correctoras que atiendan a la diversidad de las mujeres y los hombres.
- Eje 3: »Condiciones de trabajo y desarrollo personal»: Lo objetivos definidos en este eje tienen como fin el captar y retener talento femenino, promoviendo el desarrollo de la carrera profesional de las mujeres. En este marco, se prevé la realización de un estudio sobre la brecha salarial de género en la AGE.
- Eje 4: »Corresponsabilidad y Conciliación de la vida laboral, personal y familiar»: Diseñado para seguir avanzando en la corresponsabilidad y conciliación entre la vida laboral, personal y familiar, retomando iniciativas previas, desde la premisa de la igualdad de género. Se busca fomentar un reparto equilibrado de responsabilidades, apostando por la corresponsabilidad, promoviendo medidas que faciliten la compatibilidad del trabajo con la vida personal.
- Eje 5: «Violencia contra las mujeres»: Consta de medidas de gran potencia para erradicar esta lacra en lo que pueda afectar a nuestras empleadas públicas y a aquellas víctimas con las que puedan entrar en contacto. En este sentido, se refuerza la consolidación y aplicación efectiva del protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, como herramienta esencial para garantizar entornos laborales seguros y respetuosos.
- Eje 6. «Conocimiento de la Igualdad en la AGE»: Su finalidad es la obtención homogénea y periódica de datos de igualdad en la AGE, una herramienta indispensable para garantizar y avanzar tanto en la efectividad de los planes de igualdad como en el conocimiento de real del estado de situación de la igualdad.
