La Comisión Negociadora: composición y competencias de la RLPT

La Comisión Negociadora es el órgano paritario clave donde la representación legal de la plantilla y la representación empresarial negocian las medidas dirigidas a garantizar la igualdad de trato y oportunidades.

Conforme a lo regulado en el artículo 5 del Real Decreto 901/2020 y en el marco del Estatuto de los Trabajadores en materia de negociación colectiva, la comisión asume un papel protagonista en todo el procedimiento.

Entre sus competencias esenciales normativamente establecidas se encuentran:

  • Negociación del diagnóstico: Participación activa en la determinación de las necesidades y áreas de intervención.
  • Elaboración de los acuerdos: Propuesta, debate y redacción de las medidas que formarán parte del Plan de Igualdad.
  • Definición de sistemas de seguimiento: Establecimiento de indicadores y plazos para auditar periódicamente la eficacia de lo acordado.

Es imprescindible que las delegadas y los delegados sindicales cuenten con la legitimación y las garantías necesarias durante todo el proceso de negociación paritaria.

Encontráis las pautas completas para la constitución, funcionamiento y competencias de este órgano en el Manual de Planes de Igualdad, publicado en la sección de Publicaciones de nuestra web.