Se corrige el error técnico que eliminó las dos causas objetivas de nulidad del despido por conciliación

La Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres y que se viene denominando Ley de Paridad, incluyó un error técnico que consistía en eliminar la consideración de nulo del despido de las personas trabajadoras que solicitasen el permiso de cinco días para el cuidado de familiares enfermos o para quienes quisieran adaptar su jornada laboral por motivos de conciliación.

La modificación señalada afecta al apartado 4.b) del artículo 53 y al apartado 5.b) del artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, donde se recoge la calificación de los despidos por causas objetivas y disciplinarias, respectivamente.

Se incluye de nuevo en el listado de supuestos, el de las personas trabajadoras que hayan solicitado o estén disfrutando de las adaptaciones de jornada previstas en el artículo 34.8, y el de las personas trabajadoras disfrutando del permiso de 5 días por enfermedad u hospitalización de determinados familiares (art. 37.3.b del ET).

Acceder a la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

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