Tener en cuenta a las mujeres a la hora de realizar la planificación preventiva en la empresa, las diferencias biológicas, físicas o anatómicas, son aspectos fundamentales de la integración de la perspectiva de género materia de seguridad y salud laboral.
La «Encuesta de Condiciones de Trabajo con Perspectiva de Género» realizada por UGT Aragón en colaboración con el Gobierno de Aragón ha puesto sobre la mesa una serie de conclusiones, entre las que se destaca la ausencia de integración de la perspectiva de género en la salud laboral en las empresas y centros de trabajo.
Para integrar las cuestiones de género en la salud laboral, desde el sindicato proponemos entre otras, las siguientes medidas:
- Integrar la perspectiva de género en la gestión preventiva de los riesgos laborales más allá de la protección a la maternidad y la lactancia. Para ello se deberían tener en cuenta las diferencias entre hombres y mujeres (biológicas, físicas o anatómicas) en un amplio sentido en cuanto a la exposición a los riegos, a las medidas de prevención y las consecuencias para la seguridad y la salud.
- Incorporar en las evaluaciones de riesgos la perspectiva de género, teniendo en cuenta las características diferentes entre mujeres y hombres, los puestos de trabajo feminizados, cómo hombres y mujeres realizan las tareas, considerando especialmente los riesgos ergonómicos, el riesgo químico, así como aquellos que afectan directamente a las mujeres entre los que se encuentran la organización del tiempo de trabajo, del propio trabajo, otros factores psicosociales, o factores de edad.
- Realizar por parte de la empresa y/o servicio de prevención los informes sobre seguridad y salud con perspectiva de género, tales como propuestas de medidas preventivas, informes de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, informes epidemiológicos, entre otros.
- Tener en cuenta la opinión de las mujeres a la hora de diseñar las medidas preventivas, e incorporar a las mujeres a los comités de seguridad y salud.
- Formar a delegadas y delegados de prevención en prevención de riesgos con perspectiva de género, de forma que se les capacite para determinar si el trabajo está adaptado a las características de hombres y mujeres (fisiológicas, anatómicas, psicológicas), para poder participar en la propuesta de medidas preventivas, en la revisión de las evaluaciones, vigilancia de la salud…, y en todas las actividades de la gestión preventiva de la empresa.
- Incorporar indicadores de género para la gestión preventiva en las empresas a través del Comité de Seguridad y Salud. Se pueden diseñar check-list que sirvan para realizar un seguimiento y evaluar la incorporación de la perspectiva de género en las actividades preventivas de la empresa.
- Fomentar el uso del lenguaje no sexista e inclusivo en todos los documentos de las empresa que tengan relación con la seguridad, la salud y la prevención de riesgos.
- Disponer por parte de la administración autonómica competente de una base de datos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales desagregadas según sexo, que permita llevar a cabo análisis de siniestralidad con perspectiva de género.
- Actualizar la normativa específica sobre exposición de personas trabajadoras a riesgos: químicos, cancerígenos, biológicos, radiaciones, lugares de trabajo, señalización, equipos de protección…., de forma que se nombre a la mujer.
- Desarrollar una normativa específica sobre riesgos psicosociales de origen laboral, además como riesgos que en mayor medida afectan a las mujeres.
- Informar y formar a trabajadores y trabajadoras en materia de prevención de riesgos con perspectiva de género en salud laboral. En estas actuaciones de información y formación se debería hacer referencia entre otros aspectos a la existencia de diferentes riesgos para hombres y mujeres, especialmente por agentes químicos, físicos y factores psicosociales; a la diferenciación de los EPI en cuanto a condiciones fisiológicas y anatómicas entre mujeres y hombres; a los aspectos relacionados con el sexo de las personas, que los fabricantes recojan en sus fichas de seguridad o en manuales de instrucciones; o sobre los puestos de trabajo sin riesgo para las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia; también incluir campañas para la prevención y detección de acoso y violencia laboral.
- Fomentar que en los procesos de negociación de planes de igualdad se incluyan medidas sobre salud laboral y prevención de riesgos con perspectiva de género. Para ello quienes componen las mesas negociadoras de planes de igualdad deberán coordinarse con los Comités de Seguridad y Salud.
- Incluir cláusulas en los convenios que promuevan la inclusión de la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales en las empresas.
- Incluir en la negociación colectiva protocolos contra la violencia, el acoso laboral, el acoso sexual, el acoso por razón de sexo y la discriminación.